POLITICA PÚBLICA SOBRE LA INTEGRACIÓN ACTIVA
DE MADRES,
PADRES O ENCARGADOS
Los entornos
escolares dan cabida a las
aportaciones de todos los miembros de la
comunidad escolar con el fin de potenciar las capacidades, los talentos y las
aportaciones de sí misma, de tal manera que sus miembros participen y contribuyan al desarrollo de su
propia comunidad y a su vez perfeccionen sus prácticas.
Este proceso conlleva entender y revisar las estructuras organizativas
escolares para apoyar y propiciar
la apertura de las mismas, en búsqueda de convertir la escuela en una comunidad
de aprendizaje.
Participación y compromiso de las familias y
la comunidad C.C. 5-2014-2015
“Cada escuela
establecerá mecanismos sistemáticos y continuos para fomentar la participación
de la familia y la comunidad. Estas actividades proveerán experiencia enriquecedoras
para los estudiantes, comprometerán a las familias con la educación de sus
hijos, a la vez que unirán escuelas y
comunidades en la creación de un sistema de apoyo.” (PCR -7)
Misión:
Es ofrecer una
educación de excelencia, que propenda al desarrollo pleno e integral del
educando de acuerdo con su potencial, que lo capacite para ser un ciudadano con
profundos valores morales, que sean útiles a sí mismo y a la comunidad.
Visión:
Es la escuela como centro de desarrollo de destrezas de conocimientos y
la integración de los padres se encaminará hacia el logro de un ser pensante,
capacitado para enfrentarse a una sociedad en proceso de cambio y nuevas
expectativas hacia el nuevo milenio.
Nuestra misión y visión toman como base al estudiante, centro de sistema
educativo y razón de ser el mismo, el maestro como agente esencial de cambio
constructivo en un mundo de avances tecnológicos, la autonomía como medio
necesario para lograr la eficiencia del sistema y una mayor participación de
los padres en la gestión educativa de sus hijos.
I.
Justificación:
La Escuela Elemental Reverendo Padre Pablo
Gutiérrez del Municipio Escolar de Aguada del Distrito Escolar de Aguadilla está clasificada
como Escuela en Transición; según la
Sección 9401 de la Ley ESEA de 1965. Esta reconoce la
responsabilidad que comparte con la familia durante el periodo en que el niño
está recibiendo su educación. Las
comunidades escolares deben fomentar espacios para el desarrollo integral de
los estudiantes. La participación de la familia
debe tener un rol protagónico en el desarrollo académico de sus hijos. La
escuela, padres madres y encargados; y
comunidad en general son los promotores para el logro de las metas
programáticas de nuestro sistema educativo. Cuando los padres se involucran de
forma proactiva en la educación de sus hijos, estos derivan un sentido de
seguridad y modelaje positivo. Al reforzar su compromiso con la educación, permite lograr el desarrollo
integral de nuestros estudiantes de forma óptima. Es fundamental
que el personal escolar desarrolle estrategias efectivas, y su implementación,
con el propósito de atender las necesidades e intereses de los padres, madres y
encargados. Es necesario fortalecer la figura de los padres y apoderarlos como
coprotagonistas de la gestión educativa.
II.
Marco Legal:
Los siguientes
estatutos legales fundamentan esta política pública sobre la participación de
las madres, padres y encargados en los asuntos de la escuela:
1. Ley Orgánica del
Departamento de Educación (Ley 149-1999)
a. Artículo 1.03 Asistencia
obligatoria de los estudiantes
b. Artículo 2.01 Definición
y composición de la escuela
c. Artículo 2.21 Consejo
Escolar
d. Artículo 4.11 Ciudadanos
voluntarios
2.
Ley
Federal, 107-110 (No Child Left Behind
Act of 2001)
a. Título I:
A.
Informar a Padres Madres y Encargados sobre el
Progreso Anual Adecuado (AYP)
b. Título II (Sección 1111)
– Derecho a conocer calificaciones de maestros y creación de Centros de
Aprendizaje Comunitarios
c. Título V –
Establecimiento de Proyecto CREMPE (Centro de Recursos para Madres Padres
Encargados)
d. Título VI – Informar a
los padres sobre uso de fondos asignados a la escuela
3. Ley 51- 1996: Servicios
Educativos Integrales para Personas con Impedimentos
a. Artículo 3: Declaración
de la Política Pública y Participación de Padres de Estudiantes con
impedimentos en la toma de decisiones
b. Artículo 4: Derechos y
responsabilidades
c. Artículo 7:
Responsabilidades de las agencias gubernamentales
d. Artículo 8: Comité Consultivo-
formado por 19 miembros, de los cuales tres serán padres de niños, niñas y
jóvenes con impedimentos.
4. Ley 246-2011: Ley para
Seguridad Bienestar y Protección de Menores- Establece la obligación de los
padres asistir a la escuela donde estudian sus hijos para conocer su
funcionamiento académico y social.
a. Artículo 3 ( Inciso Z) :
Negligencia
b. Artículo 5: Obligaciones
de la Familia
5. Ley 134-1998: Disposición Legal que establece el tiempo a
los padres para visitar la escuela de sus hijos
a. Artículo 1: Establece
derecho de los empleados gubernamentales a 2 horas laborables al comienzo y
final de cada semestre escolar para visitar las Instituciones Educativas de sus
hijos.
6. Ley 195-2012: Carta de
Derechos del Estudiante de Puerto Rico
a.
Artículo 4 (Inciso 8): Responsabilidad de los padres
en mantener actualizada información de contacto de sus hijos.
7. Meta Estratégica 4:
Integración eficiente de los estudiantes, madres, padres, y encargados,
maestros, directores de escuela, la comunidad, agencias gubernamentales,
entidades sin fines de lucro.
a.
Objetivo 4.1: Participación de los estudiantes, madres,
padres, y encargados, maestros, directores de escuela, la comunidad, agencias
gubernamentales, entidades sin fines de lucro y sector privado.
III.
Estándares nacionales: (
Modelo Joyce Epstein 2008)
1. La integración de la familia al entorno escolar- Las familias se
consideran participantes activos en la vida escolar y deben sentirse bienvenidos,
valorados y conectados entre ellos, el personal escolar y los estudiantes.
2. Comunicación efectiva– Mantener buena comunicación entre la escuela y el hogar
sobre los programas que ofrece la escuela, así como del progreso académico de
los hijos e hijas.
3. Apoyar el éxito del estudiante – El personal escolar
colabora, sistemáticamente con las familias
en el fortalecimiento y
aplicación de los conocimientos y
aptitudes de sus hijos.
4. Apoderamiento de los padres– Estimular y propiciar
instancias formativas para las madres, padres o encargados, de manera que
faciliten y apoyen a sus hijos e hijas en las tareas provistas por la escuela.
5. Poder compartido– Incluir a las familias
como participantes activos en el Consejo Escolares, las organizaciones de
padres y madres, los comités de trabajo y en otros grupos que se establezcan en
la escuela. Es decir, permitir la plena
participación de los padres en la gestión educativa, visto desde la perspectiva
de una gestión democrática.
6. Colaboración con la comunidad escolar – Coordinar esfuerzos con
la empresa privada, agencias gubernamentales, universidades y otros grupos para
fortalecer los ofrecimientos escolares, las
prácticas familiares y el logro académico de los estudiantes.
IV.
Correlación con las
metas estatales del PCE y los estándares
nacionales de participación de padres.
Meta 4 OE 4.1 Participación de
los estudiantes, madres, padres o encargados, maestros, directores de escuela,
la comunidad, agencias gubernamentales, entidades sin fines de lucro y el
sector privado.
Implantar la
política pública (Refiérase a los estándares 1 y 5 de la CC. 15-2013-2014).
Meta 4. OE 4.2 Participación de
la comunidad escolar en el proceso educativo Implantar al menos un
proyecto colaborativo de impacto positivo con la comunidad a la cual sirve la
escuela, vinculada a aumentar la oferta curricular. (Refiérase a los estándares
2, 3, 4 y 5 de la CC. 15-2013-2014).
Meta 4.OE 4.3 Alianzas
educativas
Aumentar en un 25% la cantidad de proyectos de
colaboración que impactan los programas académicos, ocupacionales y los
recursos para los estudiantes que maximizan la probabilidad de aumento en la
retención y aprovechamiento escolar.
(Refiérase al estándar 6 de la CC.15-2013-2014).